Deben partidos incluir a indígenas en postulaciones

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Los partidos políticos en Juárez deberán postular a al menos un representante de los pueblos indígenas dentro de sus candidaturas

Pável Juárez / El Diario de Juárez / domingo, 10 enero 2021 |

Ciudad Juárez— Los partidos políticos en Juárez deberán postular a al menos un representante de los pueblos indígenas dentro de sus candidaturas, de acuerdo con la nueva legislación electoral en el estado.

Las nuevas determinaciones exigen postular en 20 municipios de Chihuahua que no pertenecen a la región serrana a al menos una candidatura en los cargos de integrantes de Ayuntamientos, ya que en estos municipios su población es menor del 50 por ciento, pero superior al valor de un escaño. 

El valor de un escaño se calcula como una fracción a partir de la totalidad del 100 por ciento. Por ejemplo, el valor de un escaño en el Ayuntamiento compuesto por 21 integrantes equivale a 4.76 por ciento. El valor de un escaño del Congreso del Estado equivale a 3.03 por ciento.

Los 20 municipios citados para la obligatoriedad son Camargo, Carichí, Chihuahua, Chínipas, Cuauhtémoc, Cusihuiriachi, Delicias, El Tule, Galeana, Guazapares, Guerrero, Hidalgo del Parral, Jiménez, Ciudad Juárez, Julimes, Madera, Moris, Namiquipa, San Francisco de Borja y Temósachic.

Para este proceso electoral 2020-2021, en 10 municipios de Chihuahua, cuya población supera el 50 por ciento del total de su población, todas las fuerzas políticas están obligadas a postular al menos dos candidaturas indígenas en los cargos de integrantes de Ayuntamientos.

Estos municipios son: Balleza, Batopilas, Bocoyna, Guachochi, Guadalupe y Calvo, Maguarichi, Morelos, Nonoava, Urique, Uruachi.

Esta obligatoriedad forma parte de las acciones afirmativas que aprobó el Instituto Estatal Electoral (IEE) para garantizar la participación política de las personas pertenecientes a los pueblos originarios de Chihuahua en la contienda electoral, bajo criterios de paridad y representatividad. 

Como parte de estas acciones que buscan la presencia indígena en la postulación de candidaturas, sobre todo en los municipios con un alto porcentaje de habitantes de pueblos originarios, también se obliga a respetar la igualdad entre las candidaturas de hombres y mujeres, es decir, en aquellos casos en que postulen dos candidaturas indígenas, al menos una, con su respectiva suplencia, deberá ser encabezada por una persona del género femenino. 

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