Autoriza la Comisión Política Permanente el registro del Doctor José Antonio Meade Kuribreña

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La Comisión Política Permanente del Consejo Político Nacional del Partido Revolucionario Institucional, después de analizar la solicitud del Doctor José Antonio Meade Kuribreña, lo autoriza para registrarse en el proceso interno de selección y postulación para contender por la Presidencia de la República para el Proceso Electoral Federal 2017-2018.

La solicitud cumple con todos los requisitos de la convocatoria, pero especialmente con lo relativo al prestigio y fama pública, que lo colocan en el nivel de reconocimiento y aceptación para ganar las próximas elecciones presidenciales.

Para esa valoración se tiene en cuenta que el Doctor José Antonio Meade Kuribreña cuenta con prestigio nacional e internacional, dados los resultados en su desempeño como titular de distintas Secretarías de Estado: Energía, Desarrollo Social, Relaciones Exteriores y de Hacienda y Crédito Público. Las certificaciones académicas en economía, leyes y finanzas públicas, avalan su sobresaliente trayectoria profesional de 20 años.

También se considera que a partir de que se publicó la solicitud del Doctor José Antonio Meade Kuribreña para contender en el proceso interno del PRI, la aceptación al interior y exterior del partido es marcadamente positiva, pues tuvo el firme apoyo de los 3 sectores y las 4 organizaciones que nos conforman, y una destacada aprobación por distintos sectores de la sociedad, que se refleja en las últimas encuestas y amplios comentarios favorables en los medios de comunicación.

Con la autorización que hoy se emite, el Doctor José Antonio Meade Kuribreña se registrará el próximo 3 de diciembre como precandidato del PRI al proceso interno para contender por la Presidencia de la República, seguros que tiene las condiciones de competitividad para ganar.

La solicitud satisface plenamente los requisitos de elegibilidad exigidos por los artículos 34, 35 fracciones I, II y III, y 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 181, fracciones I, II, VII, XI y XIII, y 182, de los Estatutos; los señalados en la Base Quinta de la convocatoria y se ajusta al procedimiento señalado en los correlativos 89 y 90 del Reglamento para la Elección de Dirigentes y Postulación de Candidaturas.